TIPOS DE CANDIDATOS
(Tomado del libro GLOSARIO ELECTORAL de
Enrique López Sanavia)
Candidato alterno: Es
el ciudadano que opcionalmente se le designa como para cubrir la vacante del candidato titular
a un cargo de elección popular, al cumplir los requisitos legales de
elegibilidad electoral.
Candidato cautivo: Es
la persona que es postulada por un partido político, aunque sus actos los
realice en favor y defensa del interés
individual o grupal que lo asesora, financia y domina.
Candidato de elección
popular: Es el ciudadano que selecciona,
postula y registra un partido político para contender en los comicios
ordinarios o extraordinarios que organizan los organismos electorales.
Candidato electo: Es el ciudadano que en el proceso de selección interna
de un partido político obtuvo su nominación como candidato para participar en
las elecciones organizadas por los institutos electorales.
Candidato ganador: Es
el ciudadano que obtuvo a su favor el mayor número de votos en la elección a un
cargo popular, derivado de los conteos
rápidos, resultados preliminares o de los cómputos oficiales de la autoridad
electoral.
Candidato
postulado: Es el
ciudadano que obtuvo su registro ante las autoridades electorales, en su
calidad de candidato de partido para contender a un cargo de elección popular.
Candidato
plurinominal: Es el
ciudadano postulada por un partido
político, dentro de la lista estatal de candidatos regidos por el principio de
representación proporcional, a efecto de
participar en la elección de una circunscripción electoral determinada.
Candidato
registrado
Es el ciudadano postulado por un
partido político, que siguiendo los
trámites legales, en tiempo y forma, se
le inscribe mediante solicitud
ante el órgano electoral competente, aprobada o no aprobada su
candidatura.
Candidato registrado y aprobado.-
Es el ciudadano postulado por un partido
político, que siguiendo los trámites
legales, en tiempo y forma, se le
inscribe mediante solicitud
ante el órgano electoral competente y que es aprobado en la sesión
especial de registro de candidaturas.
Candidato
registrado y no aprobado: Es el candidato
propuesto por un partido político, por
el mero hecho de inscribirlo en su solicitud ante el órgano electoral, aunque
no llene los requisitos formales y de elegibilidad previstos en la ley.
Candidato
uninominal: Es el
ciudadano que postulado por un partido político, en una formula electoral regida por el principio
de mayoría relativa, a efecto de participar
en la elección de un distrito electoral determinado.
Candidato
substituido: Es el candidato que habiendo sido
registrado por un partido político para contender para un cargo de elección
popular, se cambia por otra persona de manera libre y
dentro de los plazos previstos en la ley o sustituye de manera
condicionada cuando se surtan las causales de renuncia, fallecimiento,
inhabilitación o incapacidad.
Candidatos de
unidad: Son los ciudadanos que selectivamente
eligen los partidos políticos mediante su procedimiento interno, para
proponerlas en virtud de que se les considera viables para obtener el triunfo
electoral en las elecciones constitucionales.
Candidatos
externos: Son los ciudadanos postulados por los
partidos políticos, para asegurar el triunfo electoral dada la garantía popular
que representa, sin tomar en cuenta su
antecedente individual de militancia
partidista.
Candidatos
forasteros: Son los candidatos que contendrán en una elección, sin
pertenecer a la comunidad electoral para la que son postulados o ser del total desconocimiento de la
ciudadanía.
Candidatos
golondrinos: Son los propuestos para contender en
las elecciones de una localidad donde
prácticamente se les desconoce por carecer de una residencia efectiva y no
estar enterados de los problemas sociales de la región.
Candidatos
impopulares: Son los ciudadanos postulados por
partidos políticos que gozan de mala
fama o incierta reputación social entre la ciudadanía, susceptibles de perder
las elecciones.
Candidatos
independientes: Son los ciudadanos que no siendo
postulados por los partidos políticos, constituyen una opción ciudadana para
acceder al poder público, en tanto los electores voten por ellos el día de la
jornada electoral.
Candidatos
marginales: Son los candidatos de los partidos
políticos que no logran posicionarse en el ánimo de los electores el día de las
elecciones, al no obtener un mínimo de votación aceptable.
Candidatos no
registrados: Son los ciudadanos que sin haber sido
registrados por un partido político, sus simpatizantes los incluyen en la
boleta electoral y son votados, como una
opción válida para acceder a los cargos de elección popular, en tanto cumplan
con los requisitos de elegibilidad.

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