miércoles, 15 de mayo de 2013

Pagina Electoral Por: Lic. Enrique López Sanavia,


VOTO EN BLANCO

(Tomado del Libro Epítome Electoral de Enrique López Sanavia)

 

 

“El voto en blanco y el voto para candidatos no registrados o fórmulas no registradas en el espacio de la boleta electoral, están previstos en los artículos  274, numeral 2 y 252 numeral 2, inciso j) del Código Federal de Instituciones y  Procedimientos  Electorales. En Tamaulipas,  el voto en blanco se infiere, en virtud de que en el artículo 268 del vigente Código Electoral se determina la validez o nulidad de los votos y en el primer supuesto se cuenta el voto cuando haya sido marcado en el cuadro o emblema respectivo, lo que obliga a considerar que cuando no se marca “mediante una cruz, raya, punto, gancho o cualquier otro signo inequívoco impuesto que exprese la voluntad del elector” constituirá esa hipótesis de voto en blanco; por otra parte,  es rémora del pasado el espacio para votar por candidatos no registrados, por razones de seguridad pública.   En tal virtud, a nivel federal estos tipos de votos se  encuentran legitimados.

 

En efecto,  en el primer dispositivo expresamente se determina que voto  nulo es “aquel  expresado por un elector en una boleta que depositó en la urna, sin haber marcado ningún cuadro que contenga el emblema de un partido político”; mientras que el segundo precepto abre la posibilidad  para que el elector  vote expresando en el espacio en blanco que se contiene en la boleta electoral el nombre o nombres de los candidatos de su preferencia aunque no sean postulados por los partidos políticos y coaliciones participantes, que en su gran mayoría de las legislaciones gozan del monopolio de la postulación, de conformidad a sus procedimientos internos estatutarios.     

 

Por consecuencia, para el ciudadano interesado en ejercer el derecho del sufragio, el  voto en blanco es una opción institucional y legítima, porque de hecho el elector acude a la casilla electoral a “votar” pero sin votar, concretándose solo a depositar  la boleta electoral sin formular ninguna marca en el emblema de los partidos políticos o coaliciones participantes o sin ninguna anotación en el espacio en blanco dedicado para los candidatos no registrados que en materia federal existe desde el año de 1918. Desafortunadamente  es un acto por omisión o una omisión de votación, la  que además de ir a sumarse  al grueso de los votos nulos, va mermando la representación legítima  por falta de moral cívica que rompe el principio social de la mayoría, porque lo único que hace   crecer es una mayoría minoritaria, incrementando el fenómeno abstencionista, como un mal creciente de la democracia mexicana.  

 

Lo negativo de la promoción del voto blanco o votos en blanco, previamente a la elección federal y local de algunos estados de la república mexicana que realizaban elecciones concurrentes, es la evidente  motivación antidemocrática  respecto de los ciudadanos mal informados, razón por la cual ante la falta de aceptación de esa medida antipartidos, anticandidatos o antisistema político, los malas organizaciones y movimientos político-sociales  interesados  iniciaron  de manera intensa una campaña del  voto nulo, con el conocimiento de causa de que este tiene mas repercusión y causa mas daño a la participación ciudadana. Ambas acciones, por carecer de sustento no fructificaron como se pensaba. Habrá que distinguir el voto en blanco del voto nulo  en razón de su alcance. El primero es la especie y el segundo el género el voto nulo además de comprender al voto en blanco, abarca también al voto con palabras injuriosas y obscenas, a la boleta con varias marcas, a la boleta con una marca que cruza su totalidad, independientemente de aquellos votos donde se sustrae la boleta electoral y por ende los resultados de boletas entregadas y boletas sufragadas no coinciden, etc. Y todo esto acontece,  en virtud del aprovechamiento que se hizo respecto del resultado de  las encuestas realizadas, donde  el 17.1%  de ciudadanos no sabe cuando son las elecciones federales;  el 28.8% declaró que no va a votar;  el 29.2% manifestó que se encuentra indeciso y el 9.1% definitivamente no contestó, no le interesa el proceso ni lo convence ningún partido  político, sumado al hecho de que los spots generados por los medios de comunicación no son propositivos, son de mala calidad, cansan y los alejan de la participación, en suma, no hay ideas o conceptos, razón por la que según encuestas se deben reducir de acuerdo a un 39.6% ciudadano. De ahí que en la elección federal del 2009 los ciudadanos mexicanos que acudieron a las urnas electorales fue la razón de un 42% aproximadamente. 

 

Es muy cierto que “debe respetarse la opinión de las personas que dicen que no van a ir a votar” porque cada ciudadano decide finalmente que hacer con su derecho de votar, pero también es cierto que la sociedad tiene que despertar de su apatía, desmovilización, desconfianza y del rechazo a la política y de esta forma no se autoexcluya ni quede  al margen del sistema democrático mexicano o del país que sea. Por eso hay que pugnar por la promoción de la cultura política y la educación cívica,  bajo la firme idea  que la participación  de los electores   no solo habrá de  legitimar a la representación popular sino que también habrá de pugnar para el sostenimiento y subsistencia del pluralismo político, en virtud de que  de conformidad a la fracción II  del artículo 54 constitucional federal, refiere que es menester que los partidos políticos contendientes en una elección obtengan una votación arriba del 2% de la votación total emitida o votación nacional emitida.  Luego, si no se logra ese porcentaje de votación, automáticamente pierde su registro como partido político nacional y queda eliminado para participar en las elecciones locales y en su defecto en la próxima elección federal hasta en tanto cumpla con los requisitos previstos en la norma. Esto nos va conduciendo a sentar las bases de un bipartidismo o tripartidismo, donde no habrá más opciones.

 

Las organizaciones deben  convocar, invitar, exhortar a la ciudadanía para que  concurra a las urnas, analice las opciones y vote. Empero como de conformidad  al artículo 2 numeral 3 del Código Federal de Instituciones  y Procedimientos Electorales, “corresponde al Instituto Federal Electoral, a los partidos políticos y a sus candidatos” la promoción de  la participación ciudadana para ejercer el derecho del sufragio, habrá que esperar a que el Instituto emita las reglas que realicen otras organizaciones sobre campañas de promoción al voto, de acuerdo a la parte final de dicho dispositivo.

 

Se impone añadir que  el voto en blanco  conlleva un gesto de disconformidad, de rechazo a candidatos y partidos e inclusive a instituciones. Empero como el voto en blanco, independientemente de que asuste al sistema democrático, al final por disposición legal se ignora, se invalida,  se contabiliza y se suma como  voto nulo. El voto en blanco es un fenómeno político que efectivamente se surte en otros países latinoamericanos donde ha llegado a alcanzar escandalosamente hasta un 7%, empero por lo que hace a nuestra república mexicana este opción como idea innovadora de los promoventes malintencionados no repercutió afortunadamente pese a las diversas campañas políticas que abiertamente lo hicieron y que por esa acción debieran ser investigadas y sancionadas administrativamente  por la autoridad electoral en razón de que  atentan contra la legislación vigente por encontrarse al margen de la ley, aunque en otra latitud,  el voto blanco y el voto nulo amerita de un profundo análisis y estudio porque el porcentaje de éste último en variadas elecciones pretéritas, federal y locales siempre ha sido superior al 2% de la votación nacional emitida y notoriamente superior a la votación que obtiene  un partido político en estado de peligro de quedarse sin electores al ir perdiendo su prestigio ante la opinión pública, sobre todo con la inevitable declaración de pérdida de su registro o pérdida de su  acreditación como partido político nacional  que emiten los institutos electorales federal y locales correspondientes.  

 

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