miércoles, 26 de mayo de 2021

SADER,

 

Para un pleno ejercicio de la función pública

Los comités de ética son una herramienta útil para un trabajo íntegro de la Administración Pública Federal. Conoce de qué se trata




Los Comités de Ética son órganos democráticamente integrados en los Entes Públicos de la Administración Pública Federal, encargados de implementar acciones de capacitación, sensibilización y difusión de la cultura de la integridad en el ejercicio de la función pública, también,  de la atención de denuncias por presuntas infracciones al Código de Ética de las y los servidores públicos  del Gobierno  de Mexico  y al Código de Conducta Institucional.

Éste fortalece la ética pública y previene  de la actuación bajo conflictos de intereses, a fin de evitar que las y los servidores  públicos adscritas a las entidades, realicen conductas contrarias a las disposiciones que rigen el ejercicio del servicio público.

Se conforma por 11 personas:

  • La Presidencia del Comité, es ocupada por la persona titular de la Unidad de Administración y Finanzas
  • Dos secretarias  designadas de forma directa:
  •  La secretaría Ejecutiva, la cual es ocupada por la persona Titular de la Dirección General de Administración y Desarrollo de Recursos Humanos.
  • La Secretaria Técnica, que es ocupada por la persona Titular de la Dirección de Capacitación y Desarrollo.
  • Ocho integrantes titulares, elegidos por votación democrática entre las y los servidores públicos adscritos a la Secretaría y que representan cada uno de los siguientes niveles jerárquicos:

a)    Titular de Unidad

b)    Dirección General

c)    Dirección de Área

d)    Subdirección de Área

e)    Jefatura de Departamento

f)      Enlace

g)    2 de nivel Operativo

Las principales obligaciones y atribuciones de los Comités de Ética de la Administración Pública Federal son:

  1. Fungir como órgano de asesoría y orientación institucional en materia de ética pública y conflictos de intereses, así como en la aplicación del Código de Ética y Código de Conducta
  2.  Cumplir con las obligaciones que establece el Código de Ética, así como los protocolos especializados en materia de discriminación, acoso y hostigamiento sexuales
  3.  Recibir, tramitar y emitir la determinación correspondiente a las denuncias por presuntas vulneraciones al Código de Ética y Código de Conducta respectivo
  4. Difundir y promover los contenidos del Código de Ética y Código de Conducta, privilegiando la prevención de actos de corrupción y de conflictos de intereses, así como la austeridad como valor en el ejercicio del servicio público
  5. Fomento de la nueva ética pública. Para la difusión y apropiación del Código de Ética y del Código de Conducta, la identificación y gestión de los conflictos de intereses y de la austeridad como principio en el ejercicio del servicio público
  6.  Instrumentar mecanismos y acciones de fortalecimiento, tales como capacitación, sensibilización, difusión, sondeos y acciones de mejora. Las acciones y mecanismos deberán, atender a los principios, valores y reglas de integridad establecidos en el Código de Ética y en los respectivos Códigos de Conducta, privilegiando la identificación y gestión de los conflictos de intereses y la austeridad
  7. Atender las peticiones, recomendaciones o propuestas de mejora que presenten las y los ciudadanos en materia de ética e integridad pública.

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